En la Comisión de Economía del Senado se continuó con la discusión del proyecto de Ley que suspende el corte del suministro de los servicios básicos. El texto aprobado por la Cámara de Diputados dispone que las deudas de los usuarios que califiquen para este beneficio se asignen en las cuentas de los doce meses siguientes a la fecha de levantamiento del estado de catástrofe, mientras que su cobro no podrá incorporar multas ni intereses. También se establece que la suspensión del cobro no podrá utilizarse como base para el cálculo de los precios promedio que calcula el Ministerio de Energía. Por su parte, el pago de las empresas distribuidoras y cooperativas eléctricas de distribución a las empresas generadoras y…

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