Por Cristián Marcelo Muñoz

El proyecto permite que los clientes puedan seleccionar a su suministrador de electricidad, desvinculando esta actividad del pago de la infraestructura de las redes de distribución.

Desde su promulgación, la ley de electricidad ha otorgado a las distribuidoras en Chile el monopolio de la comercialización de electricidad a los pequeños clientes sumergidos en sus redes. Esto implica que la compañía de distribución es dueña de la infraestructura que le permite distribuir la electricidad: cables, postes y transformadores, y se acepta que sea un monopolio natural en este “negocio cable”, sin embargo, también es comercializadora; es decir la distribuidora compra energía a los generadores y luego la vende a los consumidores, quienes pagan en su mayoría el mismo precio en todas las horas del día. Este es un modelo con retail regulado de electricidad; diferente al que existe, principalmente en Europa, en donde el “negocio cable” está separado de la venta de electricidad a los pequeños clientes. Bajo un esquema desregulado, los comercializadores compiten por entregar suministro de electricidad a los clientes, ofertando un menú de precios, calidades e impactos ambientales.

El actual retail regulado de electricidad, en donde es el regulador ― y hasta antes de la ley 20.805 de 2015 eran las distribuidoras según las bases definidas por el regulador ― quien contrata el suministro de energía en representación del cliente, no ha sido exitoso en lograr un suministro barato. Una prueba de ello, es que el costo de la energía eléctrica de los clientes residenciales es varias veces superior al que están obteniendo los clientes libres. El diseño de las tarifas también presenta visos de obsolescencia, pues, en más de tres décadas no ha sufrido cambios relevantes. Es así que el retail de electricidad es una reforma que ha permanecido postergada por un buen tiempo.

En un retail competitivo es el cliente, y no un regulador, quien decide por la opción que mejor represente sus preferencias. Por ejemplo, los comercializadores desregulados reducen el alcance del gobierno para inducir distorsiones en los precios; permiten que los precios varíen según la temporada y la hora del día; incorporan las preocupaciones ambientales; aumentan la probabilidad de que se descubran e introduzcan nuevos y valiosos servicios; y son posiblemente, más efectivos en acercar los costos de generación a los clientes.

En Europa los comercializadores de electricidad ya ofrecen tarifas nocturnas más baratas, y se espera que las nuevas normas de la Unión Europea, permitan ampliar la oferta de opciones tarifarias. Así, bajo esta modalidad, los consumidores podrán acceder a ofertas de suministro en tiempo real, cuando la energía es más barata. Otras alternativas de suministro, que están ofreciendo los comercializadores en España, son por ejemplo, los esquemas de prepago.

Los comercializadores potencian una transición energética eficiente del país. Al detectar las preferencias de los clientes, podrán ofrecer suministros respaldados exclusivamente por fuentes cero-emisión, ya sea en las propias residencias, o bien desde el sistema. De este modo, el mismo cliente podrá penalizar a través de sus preferencias a las fuentes de energía que más emitan.

Sin embargo, la otra cara del retail competitivo se refiere a los riesgos que conlleva una desregulación apresurada. Por ejemplo, en Inglaterra, los comercializadores crecieron rápidamente de 12 proveedores en 2010 a 70 en 2018 y se espera una quiebra masiva de los más pequeños, dejando a sus clientes con problemas en el suministro. Según se propone en Galetovic, Inostroza y Muñoz (2004), una regulación prudencial puede ayudar a solucionar este problema.

El reciente proyecto de ley del Gobierno y enviado al Congreso, propone un esquema de nuevos comercializadores de electricidad. Un tema, que al igual que la tasa de descuento de las distribuidoras, originalmente se encontraba considerado dentro de lo que se conocía como Ley Larga de Distribución.

El proyecto de ley del Gobierno

El proyecto de ley que dispone de un único artículo, incorpora un título completo en la ley de electricidad, referido a la portabilidad de energía eléctrica: en buenas cuentas, la liberalización del retail de electricidad. El proyecto permite que los clientes puedan seleccionar a su suministrador de electricidad, desvinculando esta actividad del pago de la infraestructura de las redes de distribución.

El proyecto clasifica a los clientes, o usuarios, según su potencia conectada. Si la potencia conectada es de al menos 20 KW, entonces se trata de un usuario pequeño. Usuarios medianos tienen una potencia conectada entre 20 kW y 5.000 KW ― a modo de referencia, un supermercado de tamaño mediano cuenta con una potencia conectada del orden de 100 kW―. Los usuarios grandes son aquellos cuya potencia conectada es superior a 5.000 kW. Se continúa con un servicio regulado a cargo de las empresas de distribución en sus zonas de concesión. Sin embargo, serán clientes regulados sólo los pequeños y medianos usuarios que opten por esta condición.

El proyecto define que las empresas comercializadoras de energía podrán comprar energía y potencia en el spot, y estarán sujetos a la misma normativa de los generadores. Además, la CNE podrá otorgar tres tipos de licencias: para transacciones de energía a clientes pequeños y medianos; transacciones de energía que involucren a otros clientes y para la gestión agregada de servicios complementarios ofrecidos desde las instalaciones en distribución. Para optar a una de estas licencias es necesario ser una persona jurídica establecida como sociedad con giro de comercialización eléctrica y con domicilio en Chile; también deberá demostrarse la suficiente solvencia que permita garantizar la disponibilidad del suministro comprometido.

Los clientes que provengan de comercializadores cuya licencia sea revocada o suspendida, serán abastecidos transitoriamente por las distribuidoras.

El proyecto también crea un Gestor de Información, el cual, se encargará de publicar los aspectos relevantes de las ofertas: precios, servicios y condiciones del suministro. Los servicios del Gestor serán licitados. Durante la discusión que generó la imposición de los medidores inteligentes, en BdE ya habíamos señalado que el servicio de medida y de información perfectamente podía ser contratado a empresas que no fueran las distribuidoras.

El proyecto también modifica algunos artículos relacionados con las licitaciones de energía regulada. Por ejemplo, se establece una facturación mínima, la cual será independiente de la energía consumida por los clientes sometidos a regulación de precios; concepto novedoso en un contrato de suministro regulado y que amerita una cuidadosa revisión.

Los reglamentos necesarios para la ejecución de la ley se publicarán luego de 18 meses de publicada la ley en el Diario Oficial. Mientras los reglamentos no entren en vigencia la CNE fijará transitoriamente: plazos, requisitos y condiciones, mediante resoluciones exentas, con una vigencia máxima de 24 meses.

A través de decretos con fuerza de ley, el Ministerio de Energía podrá fijar la gradualidad de la entrada en vigencia de la ley, para comunas pilotos; determinación de un cronograma para la entrada en vigencia de la ley y la demanda máxima que podrá entrar en el nuevo régimen de comercialización de modo de resguardar el equilibrio económico de los contratos vigentes.

Conclusiones

El principal beneficio del retail de electricidad es que permitirá bajar el costo de la energía de los actuales clientes regulados, más de un par de veces mayor al precio spot de la energía, sin embargo, el proyecto no ofrece plazos con hitos concretos que permitan medir sus avances. Los reglamentos posteriores determinarán la velocidad de la transición al retail desregulado; situación que probablemente dependerá de lo que se entienda por resguardar el equilibrio económico de los contratos de suministro vigentes. A ello se agrega que los reglamentos suelen demorarse años, tal fue el caso del reglamento del net billing y de los que surgieron con la Ley de Transmisión de 2016.

Con todo, los negocios de generación y de comercialización de electricidad a pequeños consumidores, son diferentes. En efecto, mientras el negocio de generación involucra conocimiento tecnológico y regulatorio específico, que permita identificar la solución de suministro eficiente, el retail requiere de canales de acceso expedito a los clientes, conocer las necesidades y preferencias de estos, y buscar soluciones inteligentes que agreguen valor al servicio eléctrico. Es así que, el nuevo negocio del retail competitivo de electricidad es una buena oportunidad para que nuevas empresas entren al negocio de la electricidad, ya sea, empresas relacionadas con la energía, como por ejemplo empresas distribuidoras de gas o de combustibles líquidos, o bien, las empresas de retail masivo presentes en el país; estas últimas, al tener la posibilidad de integrar beneficios y servicios, deberían tener la mayor ventaja para desafiar exitosamente a los generadores, o bien, a las comercializadoras que probablemente sean formadas por las actuales distribuidoras.

También será de vital importancia para el éxito del retail desregulado, el acceso a la esquiva información de los clientes, hoy de acceso exclusivo de las compañías de distribución de electricidad.

Cristián Marcelo Muñoz

Fundador de Breves de Energía. Email de contacto cmmunozm@brevesdeenergia.com.

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