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En la Cámara de Diputados fue presentada una moción parlamentaria el jueves 09 de enero de 2020 que ingresó a la Comisión de Medio Ambiente un proyecto de ley que  prohíbe la instalación y funcionamiento de centrales termoeléctricas a carbón en todo el país. Esta ley comenzaría a regir para las plantas de generación termoeléctrica a carbón que tengan menos de 30 años de antigüedad el 31 de diciembre de 2025. La moción se basa en el cumplimiento de los compromisos climáticos de Chile y en el daño ambiental local que producen las emisiones de estas centrales.

Anteriormente en BdE comentamos de una reciente publicación que cuantificaba los beneficios ambientales y climáticos en los Estados Unidos derivados del cierre de centrales a carbón.

La SEC informó que los hogares del país registraron un promedio de 12,78 horas sin suministro eléctrico para el período enero a noviembre de 2019. Esta cifra implica un aumento en comparación al mismo período de 2018, donde este índice llegó a 11,03 horas.

En el Panel de Expertos se presentó por parte de Espinos S.A. discrepancia en contra del Coordinador por el Balance de Potencia de Suficiencia en el año 2018. La empresa objeta que el CEN haya reducido su potencia de suficiencia luego de un chequeo de congestiones en el balance físico de potencia firme. Este es un chequeo habitual y que tiene por finalidad ajustar la potencia firme de una central, sólo aquella potencia que pueda inyectar en el sistema.

El Panel también publicó su dictamen N°14 relacionada con el estudio del Valor Nuevo de Reemplazo de las empresas distribuidoras de gas (VNR). La empresa Lipigas discrepó del cálculo del VNR de sus instalaciones: costo de montaje en redes terciarias, componentes faltantes de equipos en redes terciarias, gastos generales, costos de montajes en acometidas y tarifas en Magallanes. El Panel rechazó las tres primeras solicitudes, en el cuarto ítem aceptó sólo una de las materias solicitadas y declaró inadmisible la última solicitud.

En su dictamen N°15, también relacionado con el estudio de VNR, el Panel rechazó todas la solicitudes de corrección de Metrogas.

Por último, la Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó en el Diario Oficial la Resolución exenta N° 18 que modifica resolución exenta N° 360, de 2017, modificada en 2019 mediante resolución exenta N° 167; que establece plazos, requisitos y condiciones aplicables a la interconexión de instalaciones de transmisión al sistema eléctrico sin que formen parte de la planificación de que trata el artículo 87° de la Ley General de Servicios Eléctricos. La resolución exenta N° 360 contenía definiciones en cuanto a la necesidad de verificar la urgencia con el abastecimiento de la demanda en un plazo predeterminado, y limitaba estas obras urgentes sólo a aquellas relacionadas con la conexión de proyectos de generación. La nueva resolución elimina el plazo en cual debía constatarse la urgencia  y amplia las instalaciones a aquellas necesarias para proyectos de generación,  almacenamiento y servicios complementarios.

Karin Messenger
Editora de Breves de Energía.

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