A propósito de la tramitación de la ley corta de rentabilidad de las distribuidoras (12567-08), en la sesión del 10 de julio de la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de diputados se realizó la votación en particular de las indicaciones presentadas. Se logró acuerdo en la indicación sobre el giro único de las empresas distribuidoras y la contabilidad separada de las cooperativas. Sin embargo, la discusión se entrampó al momento de votar en relación a la tasa de rentabilidad, si esta sería antes o después de impuestos. El ejecutivo sostenía que un piso de 6% y techo de 9% era posible si era después de impuestos, sino había que recalcularla. Dado que los diputados aseguraron que esto…
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