En este momento estás viendo Novedades regulatorias en Chile: Informe Definitivo de Precios de Nudo
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La Comisión Nacional de Energía — CNE — publicó recientemente la Resolución Exenta N°557, que aprueba el Informe Técnico Definitivo para la Fijación de Precios de Nudo de Corto Plazo del Sistema Eléctrico, vigente entre octubre y marzo del próximo año. El Informe entrega los precios de nudo de energía y potencia para cada barra del sistema. Luego de ajustarlos según la comparación con el precio medio de mercado, resulta un precio de nudo de energía, en la barra Quillota 220 kV, de US$62,3/MWh, un 4%  por debajo del valor vigente durante el primer semestre. Por su parte, el precio de nudo de la potencia en la misma barra es de US$8.3/kW-mes, un 3% superior al valor anterior. Los precios de nudo definidos en este informe son valores referenciales usados en las licitaciones de las distribuidoras y son los precios estabilizados a los que pueden optar los pequeños medios de generación distribuidos — PMGD —.

En relación a  la discrepancia N°9 presentada por Enel al Panel de Expertos, relacionada con el cálculo de peajes por el sistema de Transmisión Nacional, el  Coordinador Eléctrico Nacional — CEN — solicitó una prórroga de 5 días hábiles.

En la sesión del 8 de agosto, la Comisión de Minería y Energía del Senado analizó las causas del corte de  suministro de electricidad del 1° de agosto, el cual afectó a más de 20 mil clientes de las comunas de Vallenar y Alto del Carmen. El corte duró casi 24 horas, y se originaría en la falla en la línea Maitencillo – Vallenar 110 kV de la empresa Transelec. Por su parte, el Ejecutivo señaló que está en curso una nueva norma que elevará los requerimientos técnicos de calidad de suministro que deberán asegurar las distribuidoras. La Comisión esperará el informe técnico del CEN, el que dispone de un plazo de 15 días, a partir de la falla, para su elaboración.

En esa misma sesión, la Federación Nacional de Agua Potable Rural presentó su disconformidad respecto del cargo por consumo en las horas de punta del sistema, incluidas en el decreto tarifario 5T. Estos consumidores suelen contratar la tarifa horaria con registro de demanda máxima en hora de punta del sistema y demanda máxima suministrada — BT 4.3 o AT 4.3 por sus siglas —. Su opción tarifaria se explica ya que sus mayores consumos de energía se registran en el período de verano, fuera del período de punta definido para efectos tarifarios. Al respecto, el Ejecutivo señaló que se está estudiando una modificación al período de punta.

El 31 de julio ingresó a la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la cámara de Diputados el boletín 11952-12. Este proyecto de ley moderniza el sistema de impacto ambiental del país. Según aclara el mensaje presidencial, el proyecto reduce del componente político en el procedimiento de calificación ambiental, amplia los espacios de participación ciudadana y permite un acceso igualitario a la justicia ambiental.

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